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Alumnado

Características del alumnado:

Total alumnos matriculados curso 2010/11: 547

PROCEDENCIA:
La procedencia geográfica de los alumnos del Centro es preferentemente de la ciudad de Mérida, aunque también hay un grupo numeroso de alumnos procedentes de los pueblos cercanos que acuden al centro en transporte escolar.

Alumnos transporte escolar: 163

NIVEL SOCIO-ECONÓMICO:

NIVEL SOCIO-CULTURAL:

 

COLEGIOS DE PROCEDENCIA:

DISTRIBUCIÓN POR SEXO:
Alumnos:

Alumnas:

DATOS DE LAS FAMILIAS:
Edad de los padres:

Hermanos:

Convivencia:

Estudios de los padres:

Universitarios:  % padres,  % madres.

Diplomatura/ingeniería:  % padres,  % madres.

Bachillerato y Formación Profesional:  % padres,  % madres.

Primarios:  % padres,  % madres.

No contestan:  % padres,  % madres.

Situación profesional de los padres:

* Cargos directivos:  %

* Profesionales cualificados (licenciados):  %

* Profesionales de cualificación media (diplomados):  %

* Técnicos y empleados: %

* Autónomos:  %

* Subalternos: %

* Pensionistas: %

* En paro: %

* Sus labores: %

OBJETIVOS TRAS TERMINAR:
La E.S.O. :

  • Bachillerato:  %.
  • Ciclos formativos:  %
  • No sabe:  %
  • Nada:  %
  • Otros:  %

El Bachillerato:

  • Universidad (Licenciatura):   %
  • Escuela Universitaria (Diplomatura):  %
  • Ciclos formativos (Nivel superior):  %
  • No sabe:  %
  • Nada:  %

 

Secretaría

Secretario
David Conde Calvo
 Auxiliares Adminitrativos

María Remedios Fernández Aguado

Francisco Luis Castro Frutos

 

HORARIO DE ATENCIÓN AL PÚBLICO 

Lunes a viernes de 9:00 a 14:00 

Consejo Escolar

Artículo 21 del R. D. 83/96 de 26 de enero de 1996)

El consejo escolar tendrá las siguientes competencias:

a) Establecer las directrices para la elaboración del proyecto educativo, aprobarlo y evaluarlo, sin perjuicio de las competencias que el claustro de profesores tiene atribuidas en relación con la planificación y organización docente. Asimismo, establecer los procedimientos para su revisión cuando su evaluación lo aconseje.

b) Elegir al director del instituto.

c) Proponer la revocación del nombramiento del director, en los términos establecido en el artículo 19.3.c).

d) Decidir sobre la admisión de alumnos, con sujeción a lo establecido en la normativa vigente.

e) Aprobar el reglamento de régimen interior.

f) Resolver los conflictos e imponer las correcciones, con finalidad pedagógica, que correspondan a aquellas conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia en el centro, de acuerdo con las normas que regulan los derechos y deberes de los alumnos.

g) Aprobar el proyecto de presupuesto del instituto y la ejecución del mismo.

h) Promover la renovación de las instalaciones y equipamiento del instituto, y vigilar su conservación.

i) Aprobar y evaluar la programación general del instituto, respetando,en todo caso, los aspectos docentes que competen al claustro.

j) Aprobar y evaluar la programación general de las actividades escolares complementarias.

k) Fijar las directrices para la colaboración del instituto, con fines culturales, educativos y asistenciales, con otros centros, entidades y organismos.

l) Analizar y evaluar el funcionamiento general del instituto, especialmente la eficacia en la gestión de los recursos, así como la aplicación de las normas de convivencia y elaborar un informe que se incluirá en la memoria anual.

m) Analizar y evaluar la evolución del rendimiento escolar general del instituto.

n) Analizar y valorar los resultados de la evaluación que del instituto realice la Administración educativa o cualquier informe referente a la marcha del mismo.

ñ) Informar la memoria anual sobre las actividades y situación general del instituto.

o) Conocer las relaciones del instituto con las instituciones de su entorno y con los centros de trabajo.

Composición:

  • Director
  • Secretario
  • Jefe de Estudios
  • Siete representantes de los Profesores
  • Tres representantes de los Padres de Alumnos
  • Cuatro representantes de los Alumnos
  • Un representante del Personal de Administrción y Servicios
  • Un representante del Ayuntamiento

C.C.P.

Composición:

 

  • Director
  • Jefe de Estudios
  • Jefes de Departamento
  • Coordinador para las Tecnologías de la Información y de la Comunicación
  • Secretario (Ejerce las funciones el Jefe de Departamento más joven)

 

Competencias:

(Artículo 54 del R. D. 83/96 de 26 de enero de 1996)

La comisión de coordinación pedagógica tendrá, en relación con el régimen de funcionamiento regulado en el Título V de este Reglamento, las siguientes competencias:

a) Establecer las directrices generales para la elaboración y revisión de los proyectos curriculares de etapa.

b) Supervisar la elaboración y revisión, así como coordinar y responsabilizarse de la redacción de los proyectos curriculares de etapa y su posible modificación, y asegurar su coherencia con el proyecto educativo del instituto.

c) Establecer las directrices generales para la elaboración y revisión de las programaciones didácticas de los departamentos, del plan de orientación académica y profesional y del plan de acción tutorial, incluidos en el proyecto curricular de etapa.

d) Proponer al claustro los proyectos curriculares para su aprobación.

e) Velar por el cumplimiento y posterior evaluación de los proyectos curriculares de etapa.

f) Proponer al claustro la planificación general de las sesiones de evaluación y calificación y el calendario de exámenes o pruebas extraordinarias, de acuerdo con la jefatura de estudios.

g) Proponer al claustro de profesores el plan para evaluar el proyecto curricular de cada etapa, los aspectos docentes del proyecto educativo y la programación general anual, la evolución del rendimiento escolar del instituto y el proceso de enseñanza.

h) Fomentar la evaluación de todas las actividades y proyectos del instituto, colaborar con las evaluaciones que se lleven a cabo a iniciativa de los órganos de gobierno o de la Administración educativa e impulsar planes de mejora en caso de que se estime necesario, como resultado de dichas evaluaciones.

 

Claustro

    El Claustro de profesores del IES «Extremadura» consta en este momento de 64 profesores que prestan sus servicios en este Instituto de Enseñanza Secundaria.

Las funciones del Claustro son las siguientes:

 
  • Elevar al Equipo Directivo propuestas para elaborar el Proyecto Educativo y al Programación General Anual.
  • Establecer las directrices para elabora Proyectos curriculares de etapa, aprobarlos y evaluarlos; así como modificarlos.
  • Aprobar, previa presentación al Consejo Escolar, los aspectos docentes de la Programación General Anual.
  • Promover experiencias e investigaciones pedagógicas.
  • Elaborar el plan de formación del profesorado del Centro.
  • Elegir a sus representantes en el Consejo Escolar y en el CPR.
  • Conocer las candidaturas y programas de la Dirección del Centro.
  • Aprobar los criterios pedagógicos para la elaboración de los horarios de los alumnos.
  • Aprobar el calendario de evaluaciones, exámenes y pruebas extraordinarias.
  • Aprobar los criterios para la elaboración de horarios de profesores.
  • Analizar y valorar, trimestralmente, la marcha general y la situación económica del Centro.
  • Conocer las relaciones del Centro con instituciones y centros de trabajo.
  • Analizar y valorar los informes y evaluaciones que se hagan sobre el Centro.